lunes, 2 de abril de 2007

Cravos Vermelhos


CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA PORTUGUESA del 2 de abril de 1976

Preámbulo

El 25 de abril de 1974 el Movimiento de las Fuerzas Armadas derribo el régimen fascista, coronando la larga resistencia del pueblo portugués e interpretando sus sentimientos profundos. Liberar a Portugal de la dictadura, la opresión y el colonialismo ha representado una transformación y el comienzo de una inflexión histórica de la sociedad portuguesa.

La Revolución ha devuelto a los portugueses los derechos y libertades fundamentales. En ejercicio de estos derechos y libertades se reunieron los legítimos representantes del pueblo para elaborar una Constitución que correspondiese a las aspiraciones del país.

La Asamblea Constituyente proclama la decisión del pueblo portugués de defender la independencia nacional, de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, de establecer los principios básicos de la democracia, de asegurar la primacía del Estado de derecho democrático y de abrir la senda hacia una sociedad socialista, dentro del respeto a la voluntad del pueblo portugués y con vistas a la construcción de un país más libre, más justo y más fraterno.

La Asamblea Constituyente, reunida en sesión plenaria el 2 de abril de 1976, aprueba y decreta la siguiente Constitución de la República Portuguesa:

Principios Fundamentales

Articulo 1. De la República Portuguesa.

Portugal es una República soberana, basada en la dignidad de la persona humana y en la voluntad popular y empeñada en la transformación en una sociedad sin clases.

Articulo 2. Estado democrático y transición al Socialismo.

La República portuguesa es un Estado democrático, basado en la soberanía popular, en el respeto y la garantía de los derechos y libertades fundamentales y en el pluralismo de expresión y de organización política democráticas, y tiene por objetivo asegurar la transición hacia el socialismo mediante la creación de condiciones para el ejercicio democrático del poder por las clases trabajadoras.

Articulo 9. Misiones fundamentales del Estado

Son misiones fundamentales del Estado:

a) Garantizar la independencia nacional y crear las condiciones políticas, económicas, sociales y culturales que la promuevan;

b) Asegurar la participación organizada del pueblo en la resolución de los problemas nacionales, defender la democracia política y hacer respetar la legalidad democrática;

c) Socializar los medios de producción y la riqueza, mediante formas adecuadas a las características del actual periodo histórico, crear las condiciones que permitan promover el bienestar y la calidad de vida del pueblo, especialmente de las clases trabajadoras, y abolir la explotación y la opresión del hombre por el hombre.